Artículo por invitación, escrito por Josep Conesa Sagrera
En mi día a día, yo mismo como empresario me encuentro en la necesidad de contratar a personal. Pero, además, por razón de mi especialidad en derecho laboral debo supervisar muchos otros contratos.
Cada día me doy más cuenta que el momento de contratar es un momento decisivo. También para el mismo CEO a quienes a veces veo firmar contratos de alta dirección directamente descargados de búsquedas de Google.
Lo que podría ser un tedioso e incómodo momento lo convierto en una oportunidad porque miro de transmitir la política de la compañía a través de las cláusulas que vamos a firmar. Explico cómo es mi empresa y evidencio realidades que ambas partes deben tener claras.
A base de equivocarme muchas veces he tomado dos decisiones previas que me parecen fundamentales:
- primero que la persona quiera hacer ese trabajo concreto que estás ofreciendo
- y segundo que el equipo con quien va a trabajar participe en el proceso de selección, porque ellos son los que van a compartir 8 horas de su vida.
Y entonces viene el momento de la incorporación, al que es importante dedicarle el tiempo que se merece. En mi caso empiezo con una dinámica para conocer los valores más vitales de la persona, y transmito en la misma dinámica cuales son los valores esenciales de la compañía. Y después leemos el contrato cláusula por cláusula.
Y creo de verdad que ese momento es una gran oportunidad.
Transparencia en el trato
Le explico a la persona porque ha sido elegida haciéndole ver que me demostró pasión por el trabajo que ofrecíamos, y porque su objetivo profesional coincidía con el puesto que ofrecíamos. Y nos detenemos en los detalles del puesto que va a ocupar comentando como podemos decidir nuestro futuro fijando ambos objetivos comunes.
Es el momento adecuado para comentar porque la empresa quiere el servicio de una forma determinada explicando, en nuestro caso, que queremos que trate a los clientes como trataría a un amigo. Con la misma honestidad con la que interactuaría con un amigo de verdad.
En la cláusula sobre jornada, por ejemplo, le indicamos lo que la empresa espera, y le explico porque no creo en la numerización empresarial (ver artículo de opinión).
Aprovecho para explicarle porque quiero una jornada flexible, y porque pues he optado por un software de control diario de jornada que no necesita fichaje y que además puede ayudarle a mejorar su propia productividad (ver artículo sobre control obligatorio de jornada).
Leemos la cláusula de la retribución comentando con toda transparencia el coste real de la empresa, contando la seguridad social y evidenciando la necesidad de conseguir aquellos ingresos mínimos que cubran como mínimo la inversión salarial y los gastos de oficina.
Aprovecho para explicar los detalles del bonus o variable que se pueda generar, y comparto la política de win to win con el empleado, explicándole que la empresa ha decidido compartir los beneficios con quien contribuye a que los haya.
Leemos las cláusulas informáticas indicándole que en ningún caso la empresa tiene permitido entrar en el terreno de su intimidad personal, como así lo ha afirmado la sentencia Barbulesco del T.E.D.H.
Explico la cláusula del pacto de no competencia post-contractual indicándole que es una medida que beneficia a todo el colectivo. Porque evita la fuga de talento o clientes a la competencia directa.
Le indico porque la empresa ha empezado a trabajar con la plataforma Up Spain ofreciendo una retribución flexible a sus empleados. Esta solución permite que el empleado pueda optar por una u otra forma de percibir el total de la retribución en función de las necesidades vitales que por edad y familia se den en cada hogar.
Es la oportunidad para introducir la empresa al trabajador, para comentar todas aquellas peculiaridades que ya de inicio son necesarias conocer, y explicarle porque muchas de estas peculiaridades se han convertido en cláusula contractual.
El valor de las cláusulas disuasorias
La mayoría de estas cláusulas son esenciales para el buen entendimiento entre las partes, muchas otras pueden parecer obvias, pero sirven para explicar de primera mano porque están en el contrato, y en ocasiones incluso existen cláusulas meramente disuasorias.
Por ejemplo: recuerdo una empresa de limpieza que se encontraba con el problema que una vez finalizado el contrato deseaba que el trabajador devolviera una llave en el centro en el que trabajaba. Quizá era ético pedirlo, pero no era posible exigirlo legalmente. Lo cierto es que, una vez puesta la cláusula, la empresa nunca más tuvo problemas con ese tema.
Recuerdo también aquel empresario que en su nave industrial tenía miedo de un trabajador, que conducía un toro mecánico y parecía acudir ocasionalmente ebrio. Y el gerente me preguntaba: ¿Le puedo hacer soplar con una máquina de la farmacia? ¿Es una cláusula nula porque debe prevalecer su derecho a la intimidad, o no lo es porque prevalece el derecho a la integridad física de sus compañeros? ¿Por qué no redactamos una cláusula contractual en la que ambas partes están de acuerdo a someterse a un control cuando la empresa lo requiera, en presencia de un representante de los trabajadores y con un modelo de etilómetro específico?
Como el poso de un buen vino
Un contrato bien hecho es como el poso de un buen vino. Tiene recogidas en las cláusulas aquellas experiencias vividas que han causado problemas en algún momento. Son cláusulas preventivas que no tan sólo sirven para transmitir la cultura de la empresa en el momento de la contratación, sino que también sirven para hacer valer la voluntad de las partes en el momento en que se rompe la buena fe contractual.
En mi empresa siempre intento tener una cultura muy legal. Y así lo recomiendo a mis clientes.
Josep Conesa Sagrera - LinkedIn
Socio y CEO en www.conesalegal.com
Máster en Derecho Europeo y DDFF.